Conocé el cronograma de pagos.
El área de Políticas Tributarias de la Defensoría informó que los montos prorrogados de los vencimientos del impuesto integrado-componente impositivo- de los meses de septiembre, octubre, noviembre, diciembre, enero y febrero, deberán abonarse en los meses de marzo, abril y mayo.
La normativa alcanza a los contribuyentes de las categorías A, B, C y D.A partir de la nueva resolución, los montos prorrogados, deberán abonarse de la siguiente manera:
- En marzo se deberá pagar la cuota de ese mes y la de septiembre y octubre de 2023.
- En abril la del mes y la de noviembre y diciembre
- En mayo la del mes y las de enero y febrero.
Es importante tener en cuenta es que a partir del 1 enero de 2024 los valores aumentaron, por lo que las cuotas que se paguen en mayo (o sea las prorrogadas de enero y febrero) sufrirán los siguientes aumentos:
- Categoría A: $1.047,86 para locaciones y/o prestaciones de servicios y venta de cosas muebles.
- Categoría B: $2.018,89 para locaciones y/o prestaciones de servicios y venta de cosas muebles.
- Categoría C: $3.452,09 para locaciones y/o prestaciones de servicios y $3.190 para venta de cosas muebles.
- Categoría D: $5.671,23 para locaciones y/o prestaciones de servicios y $5.239,75 para venta de cosas muebles.