Turismo estudiantil: monitoreo y promoción de derechos para el cumplimiento de las reprogramaciones o devoluciones
Tras la resolución 498/2020 del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, desde el Observatorio de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Defensoría del Pueblo bonaerense, organismo que conduce Guido Lorenzino, se elaboró una cartilla para explicar los alcances de la nueva normativa.
En este sentido, el Defensor del Pueblo Adjunto, Walter Martello, remarcó que se velará por el cumplimiento de la resolución ministerial y, de ser necesario, se hará de nexo con la autoridad regulatoria a nivel nacional ante eventuales denuncias y/o incumplimientos de los agentes de viaje.
“Entendemos que la resolución da previsibilidad y un marco legal para saber cómo actuar de cara a una situación donde numerosas familias ya pagaron un viaje que, producto de la pandemia, quedó suspendido”, explicó Martello, quien se encuentra a cargo del Observatorio de Derechos de NNyA de la Defensoría.
Además, añadió que “en los últimos años hemos intervenido y seguido de cerca lo ocurrido con distintos conflictos suscitados con empresas de turismo estudiantil. Lo seguiremos haciendo en esta nueva etapa. Resulta primordial que cada familia conozca cuáles son los derechos que los protegen en este tipo de contratos y para ello hemos elaboramos una cartilla con los principales aspectos que se deben tener en cuenta”.
Pese a la pandemia, según datos de la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (FAEVYT), sólo canceló el viaje de fin de curso el 15% de los aproximadamente 150.000 estudiantes (primarios y secundarios) que egresan cada año en nuestro país. De ese total, unos 90 mil suelen viajar a Bariloche, el destino más concurrido desde hace décadas.
Entre otros datos, la cartilla informa:
✔️ A quienes contrataron un viaje estudiantil, las agencias deberán ofrecerles una reprogramación.
✔️ Deberán ofrecer al menos 2 fechas e itinerarios alternativos.
✔️ Las reprogramaciones deberán respetar: estacionalidad, calidad y valores convenidos.
✔️ Se podrá solicitar el reintegro de lo ya abonado. Las agencias sólo podrán retener hasta 25% del precio de los viajes.
Descargar disposición ACÁ
En este sentido, el Defensor del Pueblo Adjunto, Walter Martello, remarcó que se velará por el cumplimiento de la resolución ministerial y, de ser necesario, se hará de nexo con la autoridad regulatoria a nivel nacional ante eventuales denuncias y/o incumplimientos de los agentes de viaje.
“Entendemos que la resolución da previsibilidad y un marco legal para saber cómo actuar de cara a una situación donde numerosas familias ya pagaron un viaje que, producto de la pandemia, quedó suspendido”, explicó Martello, quien se encuentra a cargo del Observatorio de Derechos de NNyA de la Defensoría.
Además, añadió que “en los últimos años hemos intervenido y seguido de cerca lo ocurrido con distintos conflictos suscitados con empresas de turismo estudiantil. Lo seguiremos haciendo en esta nueva etapa. Resulta primordial que cada familia conozca cuáles son los derechos que los protegen en este tipo de contratos y para ello hemos elaboramos una cartilla con los principales aspectos que se deben tener en cuenta”.
Pese a la pandemia, según datos de la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (FAEVYT), sólo canceló el viaje de fin de curso el 15% de los aproximadamente 150.000 estudiantes (primarios y secundarios) que egresan cada año en nuestro país. De ese total, unos 90 mil suelen viajar a Bariloche, el destino más concurrido desde hace décadas.
Entre otros datos, la cartilla informa:
✔️ A quienes contrataron un viaje estudiantil, las agencias deberán ofrecerles una reprogramación.
✔️ Deberán ofrecer al menos 2 fechas e itinerarios alternativos.
✔️ Las reprogramaciones deberán respetar: estacionalidad, calidad y valores convenidos.
✔️ Se podrá solicitar el reintegro de lo ya abonado. Las agencias sólo podrán retener hasta 25% del precio de los viajes.
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